ASEMEG
Cuando el compromiso molesta: obstáculos inexplicables y silencios que inquietan
En los últimos meses, desde ASEMEG hemos intensificado una labor que no siempre se ve, pero que se nota. Trabajo jurídico, institucional y técnico orientado a un único objetivo: defender la seguridad jurídica de los profesionales y el cumplimiento efectivo de las resoluciones judiciales. Nada más. Y nada menos.
Sin embargo, conforme ese trabajo avanza, empiezan a aparecer palos en las ruedas que resultan, como mínimo, difíciles de entender. No hablamos de discrepancias técnicas ni de debates legítimos —que los hay y son sanos—, sino de decisiones opacas, silencios administrativos y anomalías que generan desconcierto y desconfianza entre los profesionales.
REPS
Suma y sigue: profesionales que desaparecen del REPS sin resolución ni explicación
Un ejemplo especialmente llamativo es el de profesionales que figuraban correctamente inscritos en el REPS y que, sin explicación conocida, han “desaparecido” del registro, pese a continuar desempeñando exactamente los mismos puestos asistenciales, con las mismas funciones y responsabilidades. No ha habido cambios en su situación profesional. No ha habido comunicación previa. No ha habido resolución motivada. Simplemente, ya no están.
¿Error técnico?
¿Actualización mal ejecutada?
¿O una forma poco elegante —y jurídicamente cuestionable— de poner obstáculos donde no debería haberlos?
Os recomendamos a los que estabais inscritos inicialmente en este registro que revises si habéis desaparecido por arte de magia, si es así enviad correo electrónico con la incidencia.
Responsabilidad
Desde ASEMEG no nos dedicamos a alimentar teorías, pero sí a exigir explicaciones cuando los hechos no cuadran. Y cuando determinadas actuaciones solo consiguen sembrar inseguridad entre profesionales que cumplen con todos los requisitos, el problema deja de ser anecdótico para convertirse en estructural.
Conviene recordarlo: la confianza en el sistema no se construye con silencios ni con decisiones que nadie explica. Se construye con transparencia, con seguridad jurídica y con respeto a quienes sostienen el sistema sanitario desde la trinchera asistencial.
Trabajo, trabajo y más trabajo
Nuestro trabajo continuará. Con rigor, con constancia y utilizando todas las herramientas legales disponibles. Y también con algo que parece incomodar a algunos: visibilidad. Porque cuando se actúa conforme a Derecho, no hay motivo para esconder nada. Y cuando se ponen obstáculos sin razón aparente, alguien tiene que señalarlos.
ASEMEG no va a mirar hacia otro lado.
Ni ahora, ni cuando resulte incómodo hacerlo.
El Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (REPS) es un Registro Administrativo Público, que está regulado por la Ley 44/2003, con desarrollo en la normativa estatal. Tiene como función ACREDITAR LA SITUACIÓN PROFESIONAL REAL de los sanitarios, garantizando transparencia en el Sistema.
Es claro y evidente que todas las actuaciones en el REPS se deben someter a la Legalidad, deben estar Motivadas, basándose en la Publicidad de los actos, al fin de que llegado el caso pueda existir Control jurisdiccional. Toda alteración, cambios, en LOS DATOS DEL REP requiere un acto administrativo expreso, motivado y notificado.
Por todo ello el que ASEMEG constate que numerosos profesionales médicos han desaparecido del reps, sin una resolución y aviso a esos profesionales, sin que se hayan producido cambios en el ámbito profesional, constituye por sí mismo una clara y evidente Vulneración del artículo 35 de la Ley 39/2015, ya que los ciudadanos tienen derecho a Conocer el estado de sus procedimientos, Obtener copia de los documentos y Recibir resoluciones motivadas. ELIMINAR A ALGUIEN DEL REPS SIN RESOLUCIÓN VULNERA ESTE DERECHO.
Por estas actuaciones Administrativas se está faltando a la verdad y justicia, por parte del Ministerio, de las Comunidades Autónomas y de los propios empleadores, ya que un Acto administrativo inexistente es además nulo de pleno derecho.
En el caso de los excluidos del REPS constatamos que No hay acto administrativo válido, siendo esas exclusiones nulas, según el art. 47.1 – Ley 39/2015, por lo que legalmente podríamos estar ante una desviación de poder, con la finalidad última de obstaculizar derechos profesionales.
Si pretenden hacernos creer que estamos ante simplemente un ERROR TECNICO EN EL SISTEMA, ANTE UNA ACTUALIZACION DEFECTUOSA O ANTE UNA ACTUACION INJUSTIFICADA, ya tienen que darse prisas para “solucionar todo este entuerto”, porque llegado el momento les caerá encima las reclamaciones judiciales.
La Administración tiene la obligación legal de Garantizar la Integridad del Registro, de Informar de las Incidencias a los afectados y por ultimo y fundamental, Restaurar datos.
En todo lo demás, primara el dicho de que “cada barco aguante su Vela”. Ante todos los despropósitos desde la Administración, lo importante es que ASEMEG esta dando la batalla por los derechos del colectivo.
Gran Trabajo.
Recordar que todos tenemos que pagar las cuotas.