ASEMEG

Ya llevamos aproximadamente 1 año inmersos en esta lucha tan desigual que de momento va pintando mucho mejor de lo que cabría esperar.

Los sueños nunca se pierden. Solo se incuban en forma de hobbies.

Mediante nuestro discurso sustentado en los pilares de la defensa de la Justicia Social, Justicia Laboral y Justicia Profesional hemos sido capaces de ir generando la corriente de opinión que tanto necesitábamos.

Hemos dejado de ser lo que nunca fuimos, ni pilotos sin título, ni petroleo barato, ni ilegales, ni alegales, ni irregulares, ni MESTOS.

Somos lo que somos, profesionales altamente cualificados con hasta décadas de experiencia profesional en las Urgencias y Emergencias de nuestro país con pleno derecho legal al acceso de la vía transitoria de la Especialidad MUE.

Por otro lado a modo de sinergía, la Justicia Material que se sustenta en la legalidad vigente de nuestra sociedad de derecho, a través del fallo del Tribunal Supremo ha sido el espaldarazo definitivo.

Esa justicia ha sido la que definitivamente ha cerrado las bocas a esos «aprendices de Mc Carthy«, que tengan mucho cuidado con sus declaraciones públicas porque se encontrarán en frente a ASEMEG y declaraciones de este tipo no vamos a tolerarlas, reservándonos las acciones legajes pertinentes.

El trabajo emprendido por ASEMEG sigue proporcionando éxitos, el día 9 de julio será una fecha para recordar, mantuvimos una reunión de trabajo en la Consejería de Sanidad de Andalucía, el SMA Málaga publicó moción de apoyo y la Sección 4ª de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo emitió el fallo de la demanda del Consejo Catalán de Colegios de Médicos.

Pintan copas, esperamos para entre finales de septiembre o principios de octubre el fallo por parte de la Sección 4ª de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de nuestro recurso, el recurso de ASEMEG.

A pesar de la prudencia de nuestro equipo de juristas, son muy optimistas y esperamos una victoria contundente dado el discurrir de lo acontecido judicialmente, existen señales que lo indican.

Ahora es el momento de mantener la cabeza alta, con humildad pero con la determinación que supone el mero hecho de ser los poseedores de la justicia moral y legal.

Y por supuesto, a seguir trabajando sin pausa pero sin prisa, sin perder el foco del objetivo que nos hemos marcado.

Aunque ASEMEG ha nacido hace 1 año escaso con objeto de defender nuestros derechos, este proceso ya tiene fecha de caducidad, ahora nos toca ir pensando en el futuro a medio-largo plazo.

ASEMEG ya se encuentra asentada, posee estructura, posee recursos, es el interlocutor válido de nuestro colectivo y cuando finalice este proceso, ASEMEG será lo que sus afiliados quieran que sea.

Consejería de Salud de la Junta de Andalucía

El 9 de julio, ASEMEG mantuvo reunión en la Consejería de Salud de Andalucía con objeto de allanar el futuro proceso de acceso a la vía transitoria de la Especialidad MUE que se articule.

Nuestros interlocutores fueron la Secretaria General de Salud Pública e I+D+i en Salud Áurea Morillo y la Jefa de Servicio de Desarrollo Profesional y Formación Yael Corcia.

Desde la Consejería se congratulan de nuestros éxitos porque son los éxitos de todos y nos felicitan por nuestro trabajo.

Fue una reunión rodeada de una atmósfera de cordialidad, en la que pudimos trasladar de primera mano a la Consejería nuestras preocupaciones con respecto a la acreditación del tiempo normalizado trabajado, el REPS, la famosa codificación, y los plazos sobre el proceso a articular dependiente del propio Ministerio de Sanidad.

Podemos afirmar con rotundidad que la Consejería de Salud de Andalucía va a cumplir de forma escrupulosa, como no puede ser menos, la legalidad vigente y no habrá ningún obstáculo para nuestro colectivo durante el proceso de acreditación para el acceso a la vía transitoria. Son plenamente conscientes de todo lo acontecido.

Podría pensarse que estamos poniendo «parches en las ruedas» antes de que aparezcan hipotéticos «pinchazos«, para nada, estamos asentando las bases de nuestra interlocución como principal representante de nuestro colectivo.

Sindicato Médico Andaluz Málaga

Hoy mismo, el SMA-Málaga hace pública una moción de apoyo a nuestras reivindicaciones y se hace eco en su newsletter de varios aspectos con respecto a la Especialidad MUE.

Desde la propia fuente…

«NUEVA SENTENCIA DEL SUPREMO SOBRE TITULO DE ESPECIALISTA EN URGENCIAS Y EMERGENCIAS POR LA VIA EXTRAORDINARIA»

«El Tribunal Supremo se reafirma en garantizar, a médicos cuya licenciatura u homologación de la misma fuera posterior al año 1995, el derecho a obtener el título de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias por la vía extraordinaria que contempla el RD 610/2024, de 2 de julio, aunque no estuvieran en posesión de otra especialidad.»

«La última sentencia, de 30 de junio, sobre la que va la noticia, se publica tras la vista del recurso que presentó el Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña, por lo que el fallo señala que hay pérdida sobrevenida (parcial) de objeto del recurso al haberse pronunciado ya en su sentencia del 12 de mayo (recurso del COM de Madrid). Más de lo mismo. Sigue dando la razón y concediendo el derecho a obtener el título a los post-95, y obligando al Ministerio a abrir proceso para que las/os afectadas/os puedan hacer su solicitud del título de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias aunque no tengan ninguna otra especialidad y siempre que reúnan el resto de los requisitos (básicamente el tiempo de servicios en urgencias y registro en el REPS). Estas son las noticias relacionadas:»

El Supremo reitera: los médicos sin MIR deben tener acceso a Urgencias

El Tribunal Supremo confirma que los médicos post 95 también pueden acceder a la especialidad de Urgencias y Emergencias por la vía extraordinaria

Y la nota de prensa del Sindicato Médico de Málaga.

«Os informaremos sí hay novedades desde el Ministerio sobre estos nuevos plazos que tendrá que abrir.»

Como podéis comprobar, fruto de nuestro trabajo, nuestros sindicatos cómo tampoco puede ser menos, comienzan a posicionarse públicamente con la justicia que representan nuestras reivindicaciones.

Sección 4ª de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo

¡¡¡Y no hay 2 sin 3!!!

Tenemos la segunda sentencia del Tribunal Supremo, en esta caso con respecto a la demanda del Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña, totalmente acorde al anterior fallo de este mismo órgano respecto a la demanda del Ilustre Colegio de Médicos de Madrid.

La prensa especializada se hace eco de esta noticia y el propio órgano colegial publica esta grata noticia en su Web. Seguimos generando noticias muy positivas.

Por otro lado, aportamos el análisis de esta nueva sentencia según interpretación de nuestros juristas:

Se dice que hay «pérdida sobrevenida de objeto» porque el tribunal ya ha dictado la sentencia previa en la que estima la pretensión de que los generalistas post 95 NO MIR y Extracomunitarios con títulos homologados queden incluidos en el procedimiento.

Como novedad se pronuncia sobre el Anexo del Real Decreto que el Colegio de Cataluña sí lo había impugnado y dice; «con relación a estas pretensiones debe indicarse que las mismas se insertan en la ejecución del pronunciamiento sobre la pretensión principal de nulidad, esto es, la de inclusión de los médicos generalistas posteriores a 1995 en la vía extraordinaria de acceso, de modo que la Administración debe adaptar el procedimiento selectivo y el contenido de las certificaciones que deben ser aportadas, disponiendo lo procedente para materializar este pronunciamiento a través de nuevos plazos para llevar a cabo los correspondientes procedimientos de acceso extraordinario.»

Así, la declaración de nulidad del inciso de la disposición transitoria primera determina la obligación de la Administración de poner en marcha los procedimientos de acceso extraordinario para llevar a cabo el fallo, que lleva implícita la inclusión de los médicos generalistas posteriores a 1995, de modo que no procede incorporar estos pronunciamientos al fallo de la sentencia, en tanto que entran en la órbita de la ejecución del pronunciamiento de nulidad realizado en nuestra sentencia firme de 12 de mayo de 2025.

Esto significa que, aunque no anula el Anexo, obliga a la Administración, al Ministerio, en fase de ejecución de sentencia (cuando vuelva a poner en marcha el proceso selectivo) a acomodar todo el proceso selectivo para que los médicos generalistas queden incluidos. Este pronunciamiento está muy bien porque da claridad y dice con total rotundidad lo que tiene que hacer la Administración, eso es, adaptar todo el proceso selectivo en lo que sea necesario. Por ello aunque no anula el Anexo da un poco igual porque dice que es la Administración la que tiene que hacerlo.

Esto demuestra el acierto de haber incluido en la impugnación el Anexo. A veces se gana aunque no te den exactamente lo que pides.

Agradecimientos

Hoy tenemos que agradecer a todos los que se subieron al barco de la justicia desde el primer momento pero también tenemos que agradecer a todos los que se han subido durante este arduo proceso, incluso los que lo han hecho hoy mismo.

Nuestras puertas siempre estarán abiertas para todos los que quieran incorporase en esta lucha y sumar esfuerzos.

Gracias a todos vosotros.

No dejes de soñar porque los sueños nunca se pierden, ÚNETE a ASEMEG.