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Guía para Solicitar la Especialidad MUE: Paso a Paso

Con el inicio del proceso para solicitar la especialidad MUE (Medicina de Urgencias Extrahospitalarias), ASEMEG te ofrece una guía clara y detallada sobre los pasos que debes seguir para formalizar tu solicitud. No solo hemos logrado que este procedimiento sea posible, sino que ahora te proporcionamos todas las herramientas necesarias para que puedas acceder a él de forma correcta y eficiente.

ATENCIÓN: El plazo improrrogable para presentación de solicitudes en la sede electrónica del Ministerio de Sanidad a través del tramitador habilitado para este procedimiento será del 1 al 30 de abril de 2026 ambos inclusive. No se admitirán solicitudes fuera de este plazo; ni por otra vía que no sea la habilitada específicamente para este procedimiento.

Paso 1: Revisa los Requisitos Generales

Antes de dar cualquier paso, asegúrate de cumplir con los requisitos generales establecidos por el Ministerio de Sanidad a tenor de las sentencias del Tribunal Supremo.

Tras el fallo de la Sala Contencioso-Administrativo, Sección cuarta del Tribunal Supremo, STS, en relación con el recursos interpuestos contra el Real Decreto 610/2024.

  • Personas que pueden acceder a esta convocatoria:

Podrán presentar solicitud quienes hayan ejercido en las unidades asistenciales contempladas en el Real Decreto 610/2024, estén registradas en el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (REPS) y se encuentren en las siguientes situaciones:

  1. Titulados en Medicina (licenciatura o grado) posteriores al 1 de enero de 1995 que no dispongan de la habilitación del Real Decreto 853/1993 de 4 de junio, sobre ejercicio de las funciones de Médico de Medicina General en el Sistema Nacional de Salud, ni tampoco de una especialidad previa, pero que hayan desempeñado funciones propias de urgencias y emergencias en centros C.1.1/U.68 y C.2.5.7/U.100, incluidos los médicos extranjeros con título de licenciado o graduado homologado como médico.
  2. Se extienden también los efectos de la Sentencia 552/2025, a las personas especialistas que no reunían los requisitos exigidos por el RD 610/2024 en el momento de la finalización del plazo presentación de solicitudes de la anterior convocatoria por no contar en ese momento con los años de ejercicio requeridos en unidades de urgencias al no tenerse en cuenta los años trabajados como no especialistas, pero que ahora sí los reúnen, al poder computarse, según la Sentencia, los años en los que trabajaron como no especialistas en unidades de urgencias.

Para consultar los requisitos detallados, puedes acceder al documento oficial del Ministerio de Sanidad aquí.

Paso 2: Prepara los Documentos Requeridos

Uno de los aspectos más importantes es tener todos los documentos preparados antes de iniciar el proceso. Asegúrate de contar con la siguiente documentación básica:

  • Certificado de actividad profesional en urgencias.
  1. Solicitar el certificado en la unidad del Centro donde ha ejercido profesionalmente. Dicho certificado debe estar firmado por la gerencia del hospital o centro sanitario correspondiente. Se recuerda que no computa el tiempo trabajado posterior a la fecha de la publicación del Real Decreto (3 de julio de 2024).
  2. Remitir dicho certificado expedido por las Gerencias a la CCAA en el plazo que estas establezcan, siempre anterior a la apertura del plazo para la realización de la solicitud ante el Ministerio, para que ésta expida el certificado que se debe adjuntar a la solicitud. Las CCAA se cerciorarán de que las unidades y Centros donde el profesional ha ejercido corresponden a las descritas en el Real Decreto 610/2024 de 2 de julio, para poder optar a este acceso extraordinario. El certificado expedido por la CCAA debe estar firmado electrónicamente por la persona designada por ésta.
  3. Presentar el certificado expedido por la CCAA al Ministerio a través de la sede electrónica habilitada para lo que se requerirá certificado electrónico. No se admitirán solicitudes que no se realicen por el tramitador específicamente creado para este procedimiento.

El certificado de ejercicio profesional expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente ha de adjuntarse en formato PDF, no siendo válidos documentos en formato JPG o que contengan un link para descarga del certificado. No se admitirán a trámite solicitudes que no adjunten certificado firmado por la persona designada por la CCAA.

  • REPS (Registro Estatal de Profesionales Sanitarios)
  1. ¿Cómo se verificará el requisito de estar registrado en el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (REPS) ? ¿Es necesario presentar algún certificado que lo justifique? La verificación de la inclusión en el REPS de los datos de los profesionales sanitarios solicitantes del acceso extraordinario al título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias la realizará el Ministerio de Sanidad una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, no siendo necesario aportar ningún certificado.
  2. ¿Qué ocurre si no estoy registrado en el REPS? Si todavía no está registrado en el REPS, puede solicitar la alta voluntaria, siguiendo las indicaciones de la página web del REPS, dentro del apartado Profesionales.

A efectos del cumplimiento del requisito establecido en la Disposición transitoria primera del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, se dará trámite de alta en el REPS a todas las solicitudes recibidas hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes que corresponda en cada caso.

Más detalles los encontrarás en el procedimiento oficial del Ministerio, disponible aquí.

Paso 3: Registro en la Plataforma de Solicitud

Para iniciar la solicitud, tendrás que acceder a la plataforma electrónica habilitada por el Ministerio de Sanidad. Aquí podrás ingresar tus datos y subir toda la documentación solicitada.

Accede directamente a la plataforma desde este enlace: Plataforma de Solicitudes MUE.

Recuerda que solo podrás completar tu solicitud online, por lo que es esencial tener una conexión estable, certificado digital actualizado, Autofirma y todos los documentos listos para ser subidos.

Para dudas informáticas sobre el proceso contactar con antelación mínima de 48 horas, al cierre de plazo con: cau-servicios@sanidad.gob.es

Paso 4: Completando la Solicitud

Al ingresar en la plataforma, deberás completar un formulario con tus datos personales y profesionales. Es fundamental que revises cuidadosamente toda la información antes de enviarla. Errores o datos incorrectos pueden retrasar tu solicitud.

Una vez completada la solicitud, recibirás un comprobante que te servirá como constancia de que has iniciado el proceso.

Paso 5: Espera la Revisión y Validación de tu Solicitud

Una vez enviada tu solicitud, el Ministerio de Sanidad procederá a revisar todos los documentos y verificar que cumples con los requisitos. En este periodo, podrás seguir el estado de tu solicitud accediendo a la misma plataforma.

Consulta el estado de tu solicitud aquí.

Paso 6: Resolución y Adjudicación de la Especialidad MUE

Finalmente, una vez validada tu solicitud, el Ministerio publicará la resolución definitiva con la adjudicación de la especialidad MUE. En caso de que seas seleccionado, recibirás instrucciones sobre los siguientes pasos a seguir para formalizar tu incorporación a la especialidad.

Para más información sobre las notificaciones en relación con los informes-propuesta emitidos por la Comisión Nacional de la Especialidad, consulta dudas.

Con esta guía paso a paso, ASEMEG se asegura de que puedas acceder al proceso de manera sencilla y rápida. Y recuerda, si tienes cualquier duda, nuestro equipo sigue comprometido en brindar el apoyo necesario para que puedas completar tu solicitud con éxito.