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Análisis de la Resolución del Ministerio de Sanidad: Un Paso Adelante, pero con Lagunas

El Ministerio de Sanidad da un paso importante en la implementación de la Sentencia 552/2025 al abrir un nuevo plazo para que los médicos generalistas post-95 presenten sus solicitudes al título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias. Esto, en teoría, permitirá que los médicos que no estaban habilitados por el Real Decreto 853/1993, pero que han trabajado en urgencias, puedan acceder al título por la vía extraordinaria.

¿Qué Trae de Nuevo la Resolución?

El nuevo plazo de solicitud, que va del 1 al 30 de abril de 2026, parece cumplir con lo que se exigió en la sentencia. Además, en lo que se refiere a médicos especialistas, que no pudieron acreditar el tiempo trabajado como no especialistas, ahora podrán computar ese tiempo trabajado para acceder a la vía extraordinaria la especialidad. Esta medida, bien acogida, refuerza la idea de que la igualdad entre colectivos médicos debe ser una prioridad.

Además, se destaca que la Solicitud será obligatoriamente electrónica, exigiendo un certificado electrónico válido para todas las solicitudes. Un requisito burocrático que no sorprende, pero que hace más complicado el acceso a algunos médicos que no estén familiarizados con estas plataformas.

Los Asuntos Pendientes

A pesar de este avance, la Resolución no aborda los problemas clave que ASEMEG ya había señalado al Tribunal Supremo. Entre ellos, se destacan:

  • No se aprueba un nuevo modelo de certificado para solicitar el tiempo trabajado, lo que significa que cada comunidad autónoma decidirá cómo emitir los documentos necesarios para acceder al procedimiento. Esto podría generar disparidad en la aplicación de la ley.
  • Falta de claridad en cuanto al cómputo de las horas: no se especifica qué horas deberán ser contadas ni cómo se validarán, lo que deja a los médicos en una situación de incertidumbre.
  • El problema del REPS sigue sin resolverse: no se exoneran de este requisito, y no se menciona qué ocurrirá si algún médico no logra inscribirse debido a problemas técnicos. Esta es una brecha administrativa que podría impedir a algunos profesionales acceder al procedimiento.
  • No se suspende la entrega de títulos a los especialistas ni la eficacia de los títulos ya emitidos, como había solicitado ASEMEG al Tribunal Supremo. No era esperado que esto sucediera sin la intervención del TS, pero sigue siendo una preocupación pendiente.

Lo que nos Depara el Futuro

La Resolución reactiva el procedimiento, lo que es una buena noticia, pero el plazo comienza a contar sin que se hayan resuelto los problemas de certificación y registro. Esto podría significar que algunos médicos no puedan acceder a la vía extraordinaria, lo cual es inaceptable.

De hecho, la necesidad de presentar el escrito ante el TS antes de la publicación de la Resolución era fundamental, ya que la administración parece actuar solo cuando hay presión judicial. Ahora, con la resolución publicada, el Ministerio podría intentar argumentar que ya se está cumpliendo la Sentencia, aunque esto no resuelve los problemas aún pendientes.

Si el Ministerio no comunica esta situación al Tribunal Supremo, ASEMEG se verá obligada a presentar un nuevo escrito, manifestando las mismas preocupaciones. Preferiríamos evitar este paso innecesario, pero la falta de acción por parte de la Administración podría obligarnos a seguir insistiendo.

Conclusión: Un Avance Limitado

En resumen, la apertura del plazo es un avance, pero la Resolución deja muchas lagunas. Aunque se cumple en ciertos aspectos, como la inclusión de los médicos post-95 y la posibilidad de que los especialistas computen su tiempo como no especialistas, persisten problemas clave que siguen sin resolverse. ASEMEG continuará presionando para que se subsanen estas deficiencias y que la Sentencia 552/2025 se ejecute de manera efectiva.