ASEMEG

ASEMEG denuncia la pérdida de oportunidad tras las sentencias del Tribunal Supremo y la inacción en la especialidad de Urgencias (MUE).

Desde ASEMEG alertamos de una situación grave y profundamente injusta que afecta a miles de profesionales y, por extensión, a la calidad y estabilidad del Sistema Nacional de Salud: la pérdida de oportunidad real de los médicos post‑95 sin MIR y de los médicos extranjeros con títulos homologados, pese a existir sentencias firmes del Tribunal Supremo que avalan su derecho de acceso a la vía transitoria de la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias (MUE).

Esta pérdida de oportunidad no es una cuestión teórica ni futura. Es una consecuencia directa de la inacción administrativa tras la aprobación del Real Decreto de creación de la especialidad de MUE, aprobado en 2024 y actualmente plenamente en vigor.

El RD MUE está en vigor, pero no se aplica

El Real Decreto de creación de la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias (MUE), aprobado en 2024, se encuentra en vigor y define con claridad un nuevo marco profesional y asistencial.

El RD reconoce la especialidad de Urgencias como una especialidad médica propia y establece que la actividad asistencial en los servicios de urgencias debe ser desempeñada por médicos de urgencias, sin perjuicio de los regímenes transitorios previstos.

No obstante, la realidad administrativa es otra muy distinta.

Sentencias firmes del Tribunal Supremo: un derecho reconocido

El Tribunal Supremo ha sido claro: la exclusión de los médicos post‑95 sin MIR y de los profesionales extranjeros con títulos homologados del acceso a la especialidad de Urgencias es contraria a derecho. Por ello, ha reconocido su derecho a acceder por la vía transitoria o extraordinaria prevista en el propio marco normativo.

Estas resoluciones judiciales, firmes y de obligado cumplimiento, no dejan margen a la interpretación: existe un derecho reconocido que debe ser ejecutado de forma efectiva por la Administración.

Sin embargo, a día de hoy:

  • ❌ No existe un procedimiento operativo para acceder a la vía transitoria.
  • ❌ No hay calendario ni plazos definidos.
  • ❌ No se ha garantizado la seguridad jurídica de los profesionales afectados.

Esta situación está generando una pérdida de oportunidad profesional irreparable, especialmente en ámbitos clave como la estabilidad laboral, la movilidad, la carrera profesional y el acceso a Ofertas Públicas de Empleo (OPE).

OPEs de Urgencias que ignoran la especialidad MUE

Pese a la vigencia del RD MUE y a las sentencias del Tribunal Supremo, las OPEs de plazas de Urgencias que se están convocando:

  • No contemplan en sus bases la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias (MUE).
  • ❌ No reconocen el marco transitorio avalado por el Tribunal Supremo.
  • ❌ Generan una exclusión de facto de los profesionales que tienen derecho a acceder a la especialidad.

Esta incoherencia normativa provoca un efecto especialmente lesivo: se consolidan plazas estructurales mientras se mantiene bloqueado el acceso a la especialidad, cerrando la puerta a quienes llevan años —y décadas— sosteniendo los servicios de urgencias.

Una pérdida de oportunidad con responsables claros

La combinación de tres elementos —sentencias firmes, Real Decreto en vigor y convocatorias de OPE que ignoran la especialidad— configura una pérdida de oportunidad imputable directamente a la Administración sanitaria, y en particular al Ministerio de Sanidad, con la corresponsabilidad de las Comunidades Autónomas.

Cada OPE convocada sin adaptar sus bases al RD MUE y sin ejecutar las sentencias:

  • consolida situaciones injustas,
  • agrava la inseguridad jurídica,
  • y priva a los profesionales de derechos reconocidos judicialmente.

No es un conflicto entre profesionales, es una cuestión de legalidad

Desde ASEMEG reiteramos que esta reivindicación:

  • no es un ataque al sistema MIR;
  • no enfrenta a especialidades;
  • no busca privilegios.

Es, sencillamente, la exigencia del cumplimiento de la ley, de las sentencias del Tribunal Supremo y del propio Real Decreto MUE.

Conclusión: ejecutar la ley para no seguir perdiendo profesionales

La especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias ya existe. El derecho de acceso por vía transitoria ya ha sido reconocido por el Tribunal Supremo. Lo único que falta es voluntad administrativa para ejecutar lo que ya es legal y obligatorio.

Desde ASEMEG seguiremos trabajando con firmeza, rigor jurídico y responsabilidad institucional para evitar que esta pérdida de oportunidad se convierta en un daño estructural irreversible para los profesionales de urgencias y para el sistema sanitario público.

Porque cuando la ley no se ejecuta, la injusticia se cronifica… y las urgencias no pueden esperar.